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Sentencia Judicial

Jesus Gil · 8 ago 2015




El alto tribunal de la amistad situado en el fondo del corazón,


ha dictado sentencia sin derecho a recurrir contra usted


Siendo la parte demandada usted y parte demandante todas las personas que la tienes de amiga.


Viendo la documentación aportada por ambas parte y alegaciones estimadas



SE DICTA SENTENCIA


Hoy día de su cumpleaños


No puede negarse a recibir regalos, besos, alagos y abrazos.


Si llora solo podrá ser de alegría otras formas no están permitidas.


Tiene la obligación de pasárselo lo mejor posible en compañía de todas las personas que la quieren.


Las que no la quieren no tienes derecho de felicitarla bajo pena de hacerla enfadar


Si su teléfono no para de sonar para felicitarla tiene la obligación de tenerlo cargado y abierto pues de lo contrario,


incurrirá en la falta de que no puedan disfrutar de su voz especial cuando la feliciten


Durante todo el día de hoy solo podrá estar contenta alegre, reír y su risa será más brillante que el sol aun que este nublado y que la noche siendo oscura


Si algo sale mal hay una frase que lo arreglara todo SIEMPRE POSITIVO



POR TODO LO DICHO ANTES FELIZ CUMPLE AÑOS